Como comentamos en el artículo anterior, antes de firmar cualquier contrato para la adquisición de un inmueble debes tener en cuenta los aspectos legales y asegurarte que sean claros y específicos para evitar así cualquier riesgo en tu inversión.

Si bien es importante contar con una asesoría legal para garantizar que en el proceso de compra todo esté en orden, conocer ciertos términos legales te servirá para entender mejor este proceso:

Contrato privado de compraventa. – Este documento de seguridad bilateral se realiza antes de firmar las escrituras ante un notario público, en donde, tanto el propietario como el comprador se comprometen legalmente a llevar a cabo la transacción. En él se establece la fecha o plazo de la escrituración, la designación del notario público, la identificación del inmueble, los datos personales, el precio total de la propiedad, el monto que se estipule como adelanto, así como las cláusulas por anulación de contrato y las firmas de las partes.

Escrituración.- Se trata del acto formal que establece la compra y venta de la propiedad donde la operación queda efectuada legalmente frente a un notario público. Antes de llevar a cabo este proceso, se debe hacer un estudio y revisión previa de títulos, aspectos jurídicos e impositivos para posteriormente inscribir el inmueble en el Registro Público de la Propiedad de la localidad que le corresponda.

Régimen patrimonial del matrimonio. – Este acuerdo de voluntades de los cónyuges regula su relación económica y la administración de la propiedad de los bienes, ya sea de los bienes de los que son dueños los esposos antes del matrimonio, como de los bienes que adquieran o reciban como herencia, donación o don de la fortuna durante matrimonio.

¿Qué implicaciones tiene el régimen patrimonial del matrimonio en la solicitud de un crédito hipotecario? Si estás casado, el banco solicitará tu acta de matrimonio para comprobar bajo qué régimen patrimonial contrajiste nupcias. En el caso de la sociedad conyugal será necesario que el cónyuge firme como adquirente, garante hipotecario y obligado solidario; en el caso de separación de bienes, si bien no se requiere legalmente, es una práctica común que se solicite al esposo/a esta firma cuando también adquiera la propiedad.

Poder notarial.- Hay ocasiones en que alguna de las dos partes -adquirente/enajenante- no puede comparecer personalmente a la firma de documentos, es en esos casos es posible realizar la transmisión mediante un poder. 

Un poder es un documento otorgado ante fedatario público que permite actuar y llevar a cabo actos jurídicos de manera legal a una persona en representación de otra, de tal forma que le otorga las facultades para la toma de decisiones como sería, en este caso, la adquisición de una propiedad. Sin embargo, para que este documento sea válido debe cumplir con ciertos requisitos.

Tratándose de personas físicas para poder enajenar un inmueble con garantía hipotecaria se requiere un poder general para actos de dominio o un poder especial. En este punto es importante tener presente que cuando el enajenante otorga un poder para actos de dominio respecto de bienes inmuebles que haya adquirido estando casado bajo el régimen de sociedad conyugal, debe de comparecer su cónyuge para dar su consentimiento.

Aquellos poderes para actos de dominio que se vayan a utilizar en una escritura que contenga una adquisición con crédito y garantía hipotecaria –ya sea el poder del vendedor, del acreditado o del garante hipotecario– deben por Ley ser otorgados mediante escritura pública, de lo contrario los poderes serían nulos y, por lo tanto, la compraventa y el crédito también carecerían de validez.

Testamento.- Este documento es la herramienta legal que permite determinar, de acuerdo con nuestra última voluntad, quién será el propietario o beneficiario de nuestros bienes o cómo debe hacerse uso de ellos, cuando nosotros ya no estemos, ya que, si no hubiera uno, la ley decidirá por nosotros sobre el destino de nuestro patrimonio.

Es importante señalar que el testamento siempre es revocable por el otorgante, y solo se activa en el momento en que se produce la muerte del firmante.

El éxito de las operaciones de compraventa depende en gran parte de contar con información clara y una buena asesoría.

En Cibergestión by BC contamos con un equipo de expertos para llevar a cabo procesos de cancelación de créditos, gestoría jurídica de inmuebles y otros activos (libertad de gravámenes, emisión de certificados, etcétera), así como gestión y dictaminación documental.

Comments are closed.